Abogado de California especializado en abuso sexual

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RESUMEN — Abogados de Abuso Sexual en California Compass Law Group representa a sobrevivientes de abuso y agresión sexual en California — por parte de miembros del clero, entrenadores, maestros, médicos, conductores de servicios de transporte compartido, empleadores y otras personas de confianza. Nuestra firma ha recuperado más de $250 millones en total para víctimas de lesiones en todas nuestras áreas de práctica. California ha ampliado considerablemente los derechos de los sobrevivientes en los últimos años mediante la Ley de Responsabilidad por Abuso Sexual y Encubrimiento (AB 2777) y la Ley de Víctimas Infantiles (AB 218), creando nuevas oportunidades para presentar demandas civiles que, de otro modo, habrían prescrito. Todas las consultas son confidenciales y compasivas. Consulta gratuita las 24 horas del día, los 7 días de la semana, en inglés, español, farsi y coreano.

Abogados de Abuso Sexual en California — Confidenciales, Compasivos y Comprometidos

Presentar una demanda civil es una decisión que ningún sobreviviente toma a la ligera. Nuestro trabajo no consiste en convencer a nadie de presentar una demanda, sino en responder preguntas con honestidad, explicar la ley en términos claros y respetar la decisión del sobreviviente, sea cual sea. Cada llamada que recibimos es confidencial. Cada conversación avanza al ritmo del sobreviviente. Si presentar una demanda es la decisión correcta, nosotros nos encargamos del litigio para que el sobreviviente no tenga que cargar solo con el peso del sistema legal. Si presentar una demanda no es lo correcto, también respetamos esa decisión. Compass Law Group, LLP atiende casos de abuso sexual en California desde siete oficinas — Beverly Hills, Los Ángeles, Long Beach, San Francisco, Sacramento, Oakland y Bell Gardens. Nuestra firma ha recuperado $250,000,000+ en total para víctimas de lesiones en California en todas nuestras áreas de práctica.

California Ha Ampliado Considerablemente los Derechos de los Sobrevivientes

Hasta hace poco, las demandas civiles por abuso sexual en California prescribían después de unos pocos años del abuso, cerrando las puertas de los tribunales a muchos sobrevivientes antes de que estuvieran emocionalmente preparados para hablar. Dos reformas legislativas recientes cambiaron este panorama: Estas dos leyes significan que un sobreviviente que pensaba que su caso había prescrito hace mucho tiempo todavía podría tener una demanda viable. La única manera de saberlo es que un abogado familiarizado con la legislación vigente revise los hechos específicos del caso.

Preguntas sobre el Abuso Sexual, Respondidas

¿Cuál es el plazo de prescripción para una demanda por abuso sexual infantil en California bajo la AB 218?

En virtud de la AB 218 (Ley de Víctimas Infantiles) de California, un sobreviviente de abuso sexual sufrido durante la infancia generalmente tiene hasta los 40 años de edad, o cinco años desde que razonablemente descubrió que una lesión psicológica fue causada por el abuso — lo que ocurra más tarde — para presentar una demanda civil. Estos plazos son mucho más largos que los aplicables a la mayoría de las demandas por lesiones.

¿Todavía puedo demandar por abuso sexual infantil en California si tengo más de 40 años?

Posiblemente. Incluso después de cumplir 40 años, la AB 218 permite presentar una demanda dentro de los cinco años posteriores a descubrir razonablemente que una lesión o enfermedad psicológica en la edad adulta fue causada por el abuso sexual sufrido durante la infancia. Debido a que estas reglas dependen de los hechos específicos, vale la pena que un abogado revise su cronología exacta de manera confidencial.

¿Cuál es el plazo para presentar una demanda por agresión sexual de un adulto en California bajo la AB 2777?

La AB 2777 amplió el plazo de prescripción para las agresiones sexuales contra adultos a diez años desde la agresión o tres años desde el descubrimiento de una lesión, y abrió una ventana limitada para reactivar determinadas demandas que anteriormente habían prescrito. Algunas de estas ventanas se cierran pronto, por lo que los sobrevivientes deben obtener asesoramiento lo antes posible sobre su plazo específico.

¿Se puede demandar en California a una institución, como una escuela, un grupo juvenil o una iglesia, por encubrir abuso sexual?

Sí. Las escuelas, iglesias, organizaciones deportivas y otras instituciones pueden ser consideradas responsables cuando su negligencia — o un encubrimiento — permitió que ocurriera el abuso. En virtud de la AB 218, un encubrimiento comprobado de abuso sexual infantil puede exponer a una institución a una indemnización de hasta el triple de los daños.

¿Cómo funcionan los daños triples en las demandas de California por encubrimiento de abuso sexual infantil bajo la AB 218?

La AB 218 permite que un tribunal conceda hasta tres veces los daños sufridos por el sobreviviente cuando un demandado participó en un encubrimiento — un esfuerzo por ocultar o suprimir información sobre abuso sexual infantil. Esta disposición busca responsabilizar a las instituciones por ocultar el abuso.

¿Puedo presentar una demanda por agresión sexual en California si los cargos penales fueron retirados o nunca se presentaron?

Sí. Una demanda civil por abuso sexual es completamente independiente del sistema penal. No necesita un informe policial, cargos penales ni una condena para presentar una demanda civil — los casos civiles utilizan un estándar de prueba menor y se enfocan en compensar al sobreviviente.

¿Qué compensación pueden recibir los sobrevivientes de abuso sexual en una demanda civil en California?

Los sobrevivientes pueden recuperar los costos médicos y de terapia, la pérdida de ingresos y los daños por dolor y sufrimiento, incluidos el daño emocional y el trastorno de estrés postraumático (TEPT). En casos de conducta especialmente grave o de encubrimiento institucional, también pueden estar disponibles daños punitivos o daños triples. Cada caso es confidencial y se evalúa individualmente.

¿Puedo demandar a mi empleador en California si fui agredido sexualmente por un compañero de trabajo o un gerente?

Sí. La legislación de California, incluida la Ley de Empleo y Vivienda Justos (Fair Employment and Housing Act), permite presentar reclamaciones contra un empleador por agresión o acoso sexual en el lugar de trabajo, y también pueden aplicarse demandas independientes por lesiones personales. Los empleadores pueden ser considerados responsables por no prevenir un daño previsible.

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Quién puede ser considerado responsable en un caso de abuso sexual en California

En casi todos los casos de abuso sexual en California, el sobreviviente puede presentar reclamaciones tanto contra el agresor individual como contra las instituciones que permitieron, ignoraron o encubrieron el abuso. Entre los demandados institucionales más comunes se encuentran:
  • Organizaciones religiosas — iglesias, diócesis, parroquias, órdenes religiosas y ministerios sin fines de lucro
  • Escuelas, distritos escolares y academias privadas — conforme al Código Civil § 1714 por contratación, supervisión y retención negligentes de maestros y personal
  • Organizaciones juveniles — scouts, campamentos, programas de mentoría y ligas deportivas juveniles
  • Proveedores médicos, clínicas y hospitales — por la supervisión negligente de médicos, terapeutas y personal de apoyo
  • Empleadores — por acoso sexual y agresiones sexuales en el lugar de trabajo cometidas por supervisores y compañeros de trabajo
  • Plataformas de transporte compartido — cuando los conductores cometen agresiones sexuales contra pasajeros durante viajes activos; consulte nuestra página de abogados de accidentes de Uber para conocer la relación entre las leyes de transporte compartido y las reclamaciones por agresión
  • Hoteles y alquileres a corto plazo — bajo teorías de seguridad negligente cuando las deficiencias de seguridad permitieron una agresión dentro de las instalaciones
  • Hogares de acogida y residencias grupales — por la supervisión negligente de padres de acogida y del personal de residencias grupales
  • Centros de detención — cárceles y prisiones por agresiones cometidas por empleados u otros detenidos
  • Entidades gubernamentales — escuelas públicas, universidades públicas y agencias estatales; pueden aplicarse las reglas de reclamaciones contra entidades gubernamentales

Cómo valoramos un caso de abuso sexual en California

Los casos de abuso sexual son únicos porque los daños son principalmente no económicos — lesiones psicológicas, trastorno de estrés postraumático (TEPT), depresión, ansiedad y pérdida del disfrute de la vida — en lugar de las facturas médicas y la pérdida de ingresos tradicionales que suelen impulsar el valor de los casos de accidentes de tránsito. Sí existen daños económicos (terapia a largo plazo, tratamiento psiquiátrico y pérdida de capacidad de generar ingresos cuando el abuso afectó una carrera o educación), pero a menudo son mucho menores que el impacto no económico. Entre los factores que pueden llevar un caso hacia el extremo superior de su rango de valor se encuentran:
  • Un demandado institucional con un seguro o patrimonio significativo
  • Evidencia de un patrón de conducta — denuncias anteriores contra el mismo agresor, encubrimiento por parte de la institución y documentos internos
  • Lesión psicológica documentada — historiales de tratamiento, testimonio de terapeutas y diagnósticos formales de TEPT o depresión mayor (consulte el Centro Nacional para el TEPT del VA)
  • La gravedad y duración del abuso
  • La edad del sobreviviente al momento del abuso
  • El impacto laboral y educativo — interrupción de carreras y pérdida de capacidad de generar ingresos
  • La aplicabilidad de la Ley de Víctimas Infantiles (Child Victims Act) o AB 2777 — lo que puede permitir presentar casos que de otro modo estarían prescritos
Las indemnizaciones y acuerdos extrajudiciales en casos civiles de abuso sexual en California varían considerablemente — desde cientos de miles hasta decenas o cientos de millones de dólares, dependiendo del demandado, la evidencia de un patrón de conducta y la gravedad de las lesiones sufridas por el sobreviviente. Los resultados anteriores no garantizan resultados futuros. Cada caso es único. Cuando el abuso fue permitido o facilitado por una organización — una escuela, iglesia, hospital, empleador o programa juvenil que no supervisó, evaluó o reportó adecuadamente la conducta — la propia institución puede ser considerada responsable. Consulte nuestra página sobre abuso sexual institucional en Beverly Hills para conocer cómo presentamos reclamaciones por supervisión negligente, incumplimiento del deber de reportar y encubrimiento contra instituciones.
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Plazo de Prescripción de las Reclamaciones por Abuso Sexual en California

El plazo de prescripción civil para casos de agresión y abuso sexual en California depende del tipo de reclamación y de cuándo ocurrió el abuso:
  • Agresión sexual contra adultos — 10 años desde la fecha de la agresión, o tres años desde el descubrimiento de una lesión causada por la agresión, lo que ocurra más tarde (Código de Procedimiento Civil § 340.16). AB 2777 también abrió una ventana de un año para presentar determinadas reclamaciones que anteriormente habían prescrito.
  • Abuso sexual durante la infancia — hasta los 40 años de edad o cinco años desde el descubrimiento de la lesión, lo que ocurra más tarde (CCP § 340.1). AB 218 abrió una ventana de tres años para determinadas reclamaciones que anteriormente habían prescrito; esa ventana ya cerró, pero las reclamaciones basadas en el descubrimiento de la lesión pueden seguir estando disponibles.
  • Casos contra empleadores — las reclamaciones bajo la FEHA tienen su propio plazo administrativo de un año a través del Departamento de Derechos Civiles de California (California Civil Rights Department, sucesor del DFEH); las reclamaciones civiles siguen el plazo de dos años para lesiones personales establecido por CCP § 335.1, salvo que se aplique un plazo más amplio específico para sobrevivientes.
  • Demandados que son entidades gubernamentales — para la mayoría de las reclamaciones existe un plazo de seis meses para presentar una reclamación gubernamental por escrito conforme al Código de Gobierno § 911.2; AB 218 creó una excepción para determinadas reclamaciones por abuso sexual infantil contra entidades públicas, pero estas reglas son complejas y requieren la revisión de un abogado.
Estas reglas son complejas, y los hechos específicos de cada caso determinan qué plazo se aplica. Los sobrevivientes que creen que su caso es «demasiado antiguo» con frecuencia pueden estar equivocados. Una consulta confidencial con un abogado es la única manera de determinar si todavía existe una reclamación válida.

Ciudades de California y la Realidad de los Litigios por Abuso Sexual

Los casos de abuso sexual provienen de todas las comunidades de California. Nuestras oficinas en Los Ángeles, Beverly Hills, Long Beach, Bell Gardens, San Francisco, Oakland y Sacramento manejan casos que involucran todas las categorías de demandados mencionadas anteriormente, provenientes de todas las regiones del estado. También hacemos referencia con frecuencia a nuestras otras áreas de práctica: los casos relacionados con ataques de perros ocurridos en el contexto de una agresión, lesiones cerebrales traumáticas causadas por una agresión física, muerte por negligencia derivada de ataques mortales y lesiones por quemaduras causadas por agresiones que involucran fuego o sustancias inflamables forman parte de nuestra práctica cuando ocurren junto con acusaciones de agresión sexual.

Representamos a Clientes de Casos de Abuso Sexual en Todo California

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Qué Esperar de una Consulta Confidencial

Nada de lo que ocurra durante nuestra primera conversación obliga al sobreviviente a presentar una demanda. Escuchamos. Respondemos preguntas sobre la ley, el plazo de prescripción, cómo sería realmente presentar una demanda, qué implica el proceso de descubrimiento de pruebas, cuál sería el cronograma, cuáles son las opciones de acuerdo frente a un juicio y qué medidas de protección de privacidad están disponibles (incluido el uso de un seudónimo como «Jane Doe» o «John Doe» en los documentos judiciales, algo que los tribunales de California, según explica el centro de ayuda de los Tribunales de California, suelen permitir en estos casos). Respetamos el derecho del sobreviviente a tomar su propia decisión, en su propio momento.

Conozca a los Abogados que Dirigirán su Caso

Su caso en Compass Law Group estará dirigido por uno de nuestros dos socios directores. Juntos aportan décadas de experiencia en juicios de lesiones personales en California, cientos de millones de dólares obtenidos mediante veredictos y acuerdos, y un historial en los tribunales que obliga a las compañías de seguros de la defensa a tomar el caso en serio desde el primer día. Joseph Shirazi — Socio Director, Licencia del Colegio de Abogados de California #265403. Graduado de Loyola Law School, incluido entre los National Top 100 Trial Lawyers y con una calificación Avvo de 10.0 «Superb». Entre sus resultados se encuentran un veredicto de $14,500,000 en un accidente de camión y un veredicto de $13,000,000 en un juicio. Es miembro de Consumer Attorneys of California, Consumer Attorneys Association of Los Angeles (CAALA) y American Association for Justice. Lea la biografía completa de Joseph Shirazi → Simon Esfandi — Socio Director, Licencia del Colegio de Abogados de California #275307. Graduado de Southwestern Law School y reconocido como Super Lawyers Rising Star. Dirigió el acuerdo de $9,870,000 por un accidente de motocicleta de la firma y una recuperación de $2,250,000 en un caso de transporte compartido, y concentra su práctica en juicios por lesiones personales catastróficas. Lea la biografía completa de Simon Esfandi → Ambos socios están autorizados para ejercer en todos los tribunales estatales de primera instancia de California y en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Central de California. Compass Law Group fue fundada en 2015, mantiene una calificación de 5.0/5.0 en Google basada en más de 193 reseñas verificadas de clientes y ha obtenido más de $250,000,000 para víctimas de lesiones en todo el estado. Los resultados anteriores no garantizan resultados futuros. Cada caso es único.

Por Qué Elegir Compass Law Group

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Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda por abuso sexual en California?

Depende de si el abuso ocurrió durante la infancia o en la edad adulta y de si ocurrió antes o después de recientes cambios legislativos. Las demandas por agresión sexual contra adultos tienen un plazo de 10 años desde la fecha de la agresión o de 3 años desde el descubrimiento de la lesión, conforme al CCP § 340.16. Las demandas por abuso sexual infantil pueden presentarse hasta los 40 años de edad o dentro de los 5 años posteriores al descubrimiento de la lesión, conforme al CCP § 340.1. Las leyes recientes AB 218 y AB 2777 abrieron períodos especiales para presentar demandas que anteriormente habían prescrito. Una consulta confidencial es la única manera de determinar cuál es el plazo específico aplicable a su caso.

¿Puedo presentar una demanda civil independientemente de los cargos penales?

Sí. Los casos civiles y penales siguen vías separadas. El caso penal busca castigar al agresor; el caso civil busca compensar al sobreviviente. Los casos civiles utilizan un estándar de prueba menor («preponderancia de la evidencia» en lugar de «más allá de toda duda razonable») y pueden prosperar incluso cuando no se presentan cargos penales o cuando el acusado es absuelto.

¿Qué daños y compensaciones están disponibles en un caso de abuso sexual?

Los daños pueden incluir gastos médicos pasados y futuros, costos de tratamiento psicológico, terapia y asesoramiento, dolor y sufrimiento, angustia emocional, pérdida del disfrute de la vida, pérdida de capacidad para generar ingresos y, en casos de conducta particularmente grave del demandado, daños punitivos.

¿Puedo demandar a una institución por no prevenir el abuso?

Sí. La mayoría de los casos de abuso sexual en California se presentan tanto contra el agresor individual como contra la institución que lo contrató, supervisó o no actuó después de recibir denuncias sobre su conducta. Entre los demandados institucionales comunes se encuentran iglesias, escuelas, organizaciones juveniles, empleadores y centros médicos.

¿Se mantiene confidencial mi identidad en un caso de abuso sexual?

Los tribunales de California suelen permitir que los sobrevivientes utilicen un seudónimo («Jane Doe» o «John Doe») en los documentos civiles. Nuestra firma adopta medidas adicionales para proteger la confidencialidad del cliente durante todo el caso, incluida la limitación de las personas copiadas en las comunicaciones y, cuando corresponde, la solicitud de que se sellen documentos confidenciales.

¿Cuál es el acuerdo promedio en una demanda por abuso sexual?

No existe un promedio. Los acuerdos y veredictos civiles por abuso sexual en California pueden oscilar entre cientos de miles y cientos de millones de dólares, dependiendo del demandado institucional, las pruebas que demuestren conocimiento previo o encubrimiento y la gravedad de las lesiones sufridas por el sobreviviente. Los resultados anteriores no garantizan resultados futuros. Cada caso es único.

Hable Hoy con un Abogado de Abuso Sexual en California

Si usted o un ser querido ha sobrevivido a un caso de abuso o agresión sexual en cualquier lugar de California, llame a Compass Law Group, LLP al (213) 320-1001 para una consulta gratuita y confidencial. Representación sin honorarios si no hay recuperación, disponibilidad las 24 horas del día, los 7 días de la semana, en inglés, español, farsi y coreano.

Escrito y revisado legalmente por los socios de Compass Law Group

Joseph Shirazi, Socio Director, Compass Law Group

Joseph Shirazi

Socio Director, Compass Law Group, LLP

Colegio de Abogados de California #265403 · Loyola Law School, J.D.

Joseph Shirazi es el Socio Director de Compass Law Group, LLP, y dirige la práctica de juicios de la firma en materia de lesiones personales, lesiones catastróficas y muerte por negligencia. Él redactó el análisis de esta página.

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Simon Esfandi, Socio y Cofundador, Compass Law Group

Simon Esfandi

Socio y Cofundador, Compass Law Group, LLP

Colegio de Abogados de California #275307 · Loyola Law School, J.D.

Simon Esfandi es Socio y Cofundador de Compass Law Group, LLP. Revisó esta página para verificar su precisión legal. Compass representa a víctimas de lesiones y sobrevivientes de abuso en California bajo un esquema de No Win, No Fee.

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Los resultados anteriores no garantizan resultados futuros. Este artículo contiene información legal, no asesoramiento legal.

Estatutos Penales de California Citados

Las secciones del Código Penal que definen las conductas que sirven de base para las demandas civiles por abuso sexual en California.

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Simon Esfandi — Managing Partner

Simon Esfandi
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Entender si existe un reclamo es uno de los desafíos del derecho de lesiones personales. Por eso, ofrecemos consultas iniciales gratuitas para ayudarle a determinarlo y brindarle la oportunidad de reivindicar sus derechos.

Estamos comprometidos a luchar por los derechos de las víctimas de accidentes en todo el sur de California y, a diferencia de otros abogados de lesiones personales de California, aceptaremos cualquier caso si podemos ayudar, sin importar su magnitud.

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Sin importar la gravedad de la lesión, usted tiene derechos que debe defender. Muchas lesiones parecen leves al principio, pero pueden empeorar con el tiempo. Ignorar el tratamiento o el asesoramiento legal pone en riesgo su salud y su indemnización. Busque ayuda médica y legal de inmediato después de cualquier accidente para asegurar un diagnóstico preciso y fortalecer su reclamo de indemnización.